La Dirección General de Tráfico ha emitido un comunicado detallando las condiciones en las cuales las motos tendrán permitido circular por el arcén de las carreteras. Esta medida, que ha generado gran interés entre la comunidad motorista, establece que solo se permitirá esta práctica en situaciones de congestión del tráfico y siempre respetando una serie de normas de seguridad. Según la información proporcionada por la DGT, las motos podrán circular por el arcén cuando la circulación se encuentre detenida o a una velocidad inferior a 50 km/h. Esta decisión busca mejorar la fluidez del tráfico y reducir la siniestralidad en las carreteras, garantizando al mismo tiempo la seguridad de los motoristas.
Posible legalización de circulación de motos por arcén según DGT
El uso del arcén por parte de los motoristas en caso de atasco es una práctica muy habitual, pero no por ello permitida. Si los agentes de tráfico nos ven circulando por el arcén nos multarán y de nada servirán nuestras explicaciones o razones. Pero esto parece que podría cambiar en breve. La DGT, a través de su revista mensual 'Tráfico y Seguridad', ha publicado un reportaje de Nicolás Fraile en el que anuncia importantes cambios en el Reglamento General de Circulación para 2025 que afectarán especialmente a los motoristas.
Intercomunicadores, ¿por fin legalizados?
Aunque en general el uso de intercomunicadores está más o menos tolerado, a día de hoy todavía no se ha legalizado. Pero parece que finalmente su legalización tiene fecha, 2025, según la propia DGT: el próximo Reglamento General de Circulación incluirá históricas demandas de los motoristas como la legalización de intercomunicadores o la circulación por el arcén en retenciones. Algo es algo.
Cambios en Reglamento General de Circulación
A día de hoy circular por el arcén está prohibido. ¿Y de qué modo afectarán? Pues en el artículo se cuenta que la DGT está trabajando en varias modificaciones de las normas de circulación sobre el uso de carriles y arcenes en situaciones especiales como mal tiempo y atascos. Estos cambios afectan a todos los vehículos, especialmente a motos, prioritarios y grúas. En lo que afecta a nuestro colectivo, se anuncia que esta modificación del reglamento pueda permitir a las motocicletas circular por el arcén de la derecha en todo tipo de vías con retenciones circulatorias. Obviamente, habrá condiciones para ir por el arcén, como “circular a una velocidad no superior a 30 km/h y respetando la prioridad de vehículos obligados a circular por el arcén, especialmente a las bicicletas”.
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