En estos últimos meses fué novedad que la Comisión Europea ha abierto expediente a siete clubes españoles de fútbol (entre ellos el Real La capital de españa y el Fútbol Club Barcelona) por presunta infracción de las reglas comunitarias reguladoras de la libre rivalidad. La Comisión acusa, singularmente a las entidades que no adoptaron en su día la manera de Sociedad Anónima Deportiva y se sostuvieron como Clubes De deportes de base asociativa, de recibir ayudas públicas de distintos tipos que podrían haber vulnerado las reglas del mercado comunitario. Mientras que en este país, en la habitual reacción visceral que acostumbra caracterizar a los de europa del sur, el Gobierno ha interpretado la actuación de las autoridades de europa como un ataque a la “Marca España” y la opinión pública se puso, en la mayoría de los casos, del lado de los Clubs damnificados. Esta cuestión ahora fué tratada en múltiples productos y weblogs, entre ellos el del instructor Luis Cazorla (“Sociedades Anónimas Deportivas y Ayudas de Estado”) y en Nada es Gratis por Gerard Llobet (“Clubes de fútbol en fuera de juego”) . De ahí que no profundizaré, si bien deseo que me ayuda de motivo para investigar lo que creo un resonante fracaso, en sus órdenes, de la normativa de españa de Sociedades Anónimas Deportivas. Todo comenzó con la Ley del Deporte de 1990, que creó la figura de las SAD como variación de las sociedades anónimas habituales del derecho mercantil. Bajo el loable propósito de dotar de un mayor control y transparencia a las construcciones del fútbol profesional, la Ley establecía una suerte de castigo o sanción a los Clubs “endeudados”, obligándoles a adoptar la manera jurídica de SAD, que teóricamente garantizaba un mejor y mucho más claro desempeño futuro, mientras que dejaba que las entidades «saneadas» tengan la posibilidad de proseguir rivalizando bajo la manera jurídica asociativa de los Clubs De deportes. En pura teoría, la reforma se fundamentaba en un planteo intachable. Pero a España, como la mayoria de las veces, al legislador le preocupa considerablemente más hacer y vender una fachada de legalidad que hallar la legalidad en sí. Esto es, que, al fin y al cabo, la ley tenía truco. El avance posterior de los hechos demostró precisamente que la intención política real era hacer un marco jurídico supuestamente inigualable que ocultaba una intención no manifestada: que ciertos Clubes muy poderosos y también predominantes, por todos populares, no tuviesen que transformarse jamás en SAD. Lo interesante del tema es que -cosas de la vida política- el Ministro que dio a luz esta tramposa Ley del Deporte es en este momento entre los beligerantes Comisarios de europa que charla de las “inquietudes razonables” sobre las ayudas públicas españolas prohibidas en los Clubs excluidos de la conversión a SAD…. Lo que pasó después la mayor parte de ustedes lo conoce: los Clubes que se transformaron en SAD están prácticamente todos en la ruina, probando la escasa herramienta de una regla malvada supuestamente trufada de buenas pretenciones. Y quienes no lo hicieron no están en mejor situación, o si lo están, es pues un vergonzoso reparto de los derechos televisivos y una extendida serie de recalificaciones, subvenciones, ayudas públicas, aplazamientos tributarios y laborales y otras prebendas inaccesibles para las compañías normales y corrientes, todos fundamentados en el gran poder popular y mediático -y por consiguiente político- de ciertos Clubes españoles, han contribuido de forma destacable a que, con el dinero de todos, sostengamos vivo el espectáculo. Pero el fracaso de las SAD españolas va alén de su origen, y tiene, bajo mi punto de vista, una doble vertiente: – Por una parte está el fracaso económico, que es el que con mayor profusión se intentó en los medios. La Comisión Europea, con la loable intención de reprimir el descontrol en las cuentas de los equipos españoles pero con poco acierto, ha creído que quienes sostienen la manera jurídica de Clubs De deportes tienen un régimen económico y tributario mucho más bueno que las SAD, provocando una desventaja para estas en términos confrontados. No obstante, como nos explicó realmente bien en su blog el Instructor Cazorla (“El incremento de capital del Bayern de Munich”, o “El interés de fondos de inversión en clubes de fútbol: KKR y Hertha de Berlín” ), la manera de SAD deja asistir a sistemas de financiación y obtención de elementos (internacionales o fondos de inversión que forman parte en el capital) que en la situacion de los Clubs con maneras de asociación es imposible. No obstante, el fracaso de la normativa de españa no debe reducirse solo a la distinción entre SAD y Clubs De deportes, examinando su diferente situación y régimen jurídico y económico. Asimismo en las entidades que se transformaron en SAD podemos encontrar inconvenientes esenciales ocasionados por las disfunciones que crea la app de nuestra ley. Ahora entendemos que en España las autoridades son maestras en llevar a cabo la visión gordita con ciertos preceptos legales y en utilizar estrictamente otros, según quien sea el receptor. La situacion paradigmático es la situación del sencillo Eibar, entre los líderes de la Segunda División del fútbol español. El Eibar es una SAD saneada, sin deudas, que transporta varios años sin gastar mucho más de lo que ingresa y cumpliendo puntualmente todas y cada una de las obligaciones de pago. Aun el Presidente de la Liga de Fútbol Profesional, Javier Tebas, ha alabado públicamente el “modelo Eibar” como espéculo en el que debe mirarse la administración de los otros equipos. Ya que bien, la app estrictamente del producto 3 del Real Decreto 1.251/1999, que regula el capital mínimo que tienen que tener las SAD, estableciendo un baremo entre los costos de todos y cada uno de los equipos de exactamente la misma competición, le ordena a agrandar instantaneamente el capital popular, que es en la actualidad de 440.000 euros, multiplicándolo por cinco, algo poco posible en el ejemplar y trabajadora villa de menos de 30.000 pobladores. Y no llevarlo a cabo puede sospechar la descalificación de una entidad ejemplar que, sencillamente, maneja las cuentas bien. Paradójicamente ya que, decenas y decenas de equipos que pierden dinero de forma sistemática semeja que no tienen la posibilidad de ocultar bajo concepto alguno por el daño popular que, en teoría, esto produciría sus apasionados, al paso que otro fabulosamente gestionado está a puntito de ser descalificado de la competición por no cuadrar en los factores de capital popular inventados por algo favorecido Real Decreto. – Esto nos transporta al segundo enorme fracaso de las SAD, que es el fracaso popular. Es completamente cierto que los equipos representan una esencial masa popular, y que la mayor parte encauzan los sentimientos de una gran afición, e inclusive de parte importante de una localidad, una provincia, o una enorme red social de personas. Y en un análisis estricto esto es imposible desconocer ni despreciar. La marca de los equipos de fútbol con esencial arraigo popular todavía es muy importante si bien la entidad esté en quiebra. No todo es mercantil en el deporte profesional, no en el fútbol de élite, y ahí está, indudablemente, el misterio de su éxito. En el momento en que cines, teatros y otros espectáculos vieron despoblados sus asientos por la crisis económica, los estadios españoles mantuvieron un mucho más que respetable aforo de público. Asumida esta situación, agrade mucho más o agrade menos, es requisito admitir que la obligatoriedad de transformarse en SAD, impuesta por la Ley, ha facilitado el lamentable hecho de que se apropien del colosal legado histórico y popular de muchas instituciones deportivas prácticamente centenarias individuos poco ejemplares o de manera directa indeseables, que aun hicieron desistimiento de sus responsabilidades sin que nada logren llevar a cabo las autoridades para desalojarles de su situación. Dueños mayoritarios condenados por diferentes delitos, administradores y directivos a los que mucho más estrambótico, derrochadores o especuladores de la peor calana, e inclusive exóticos dueños en sitio desconocido (caso del histórico Racing de Santander) están a la orden del día. Y aquí la normativa de las SAD forma un obstáculo irrefrenable a fin de que las cosas vuelvan a su cauce, puesto que, de conformidad con lo preparado en el producto 33 de nuestra Constitución, absolutamente nadie puede ser privado de sus recursos ni obligado a vender contra su intención, si no es por resolución judicial. Hay que admitir que en estas situaciones, desgraciadamente poco a poco más varios, la masa popular de los Clubs de manera asociativa, donde no hay acciones susceptibles de propiedad privada, resolvería estos temas por la vía rápida, poniendo a semejantes impresentables de forma directa de patitas en la calle. Al fin y al cabo, las SAD han fracasado tajantemente en España como instrumento de control de una aceptable administración deportiva y asimismo popular, y no por la manera elegida, común y frecuente en la mayor parte de los países de nuestro ambiente, sino más bien por la connivencia, diferencia de trato y manga ancha de las autoridades españolas (¿les suena de algo?) con las instituciones deportivas mucho más capaces y también predominantes. La solución va a venir dada, como ahora ha dicho en su blog Luis Cazorla (“Fútbol: pan y circo”), por un pleno y real dominio de todos y cada uno de los Clubs a la legislación mercantil, con salvedades que se justifiquen de forma exclusiva en las especialidades de la competición (por servirnos de un ejemplo, en temas de ejercicio popular o en el campo concursal), pero no en el «valor popular» o en la «predominación política» del fenómeno fútbol.