Condena judicial alcanza a Escañuela, exmandataria de la Federación Española de Tenis

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Condena judicial alcanza a Escañuela, exmandataria de la Federación Española de Tenis

La justicia española ha dictado una sentencia condenatoria contra Mª José Escañuela, exmandataria de la Federación Española de Tenis, por su implicación en un delito de apropiación indebida. La resolución judicial pone fin a un proceso judicial que se inició hace varios años, en el que se investigaron irregularidades financieras dentro de la federación deportiva. La condena a Escañuela es un golpe duro para la institución y supone un precedente importante en la lucha contra la corrupción en el deporte. En los próximos días se conocerán los detalles de la sentencia y las consecuencias para la exmandataria.

Condena judicial alcanza a Escañuela, exmandataria de la Federación Española de Tenis, por apropiación indebida

La Audiencia de Sevilla ha condenado al expresidente de la Real Federación Española de Tenis (RFET) y de la Fundación del Tenis Español, José Luis Escañuela, a seis meses de prisión por apropiación indebida. La sentencia también condena a una patrona de la fundación por el cobro indebido de cantidades mensuales de dinero entre 2012 y 2013.

Delito de apropiación indebida

Delito de apropiación indebida

Según la sentencia, notificada este jueves a las partes personadas en este procedimiento, el tribunal condena a ambos por un delito de apropiación indebida con la atenuante de dilaciones indebidas, y les impone la pena de seis meses de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del cargo de patrono durante el tiempo de la condena.

La patrona de la fundación condenada tendrá que indemnizar además a la Fundación del Tenis Español en la cantidad de 14.300 euros.

Hechos probados

El tribunal considera probado que la Fundación del Tenis Español fue constituida en diciembre de 2009 por parte de la Real Federación Española de Tenis con una dotación inicial de 60.000 euros. Conforme al artículo 8 de sus estatutos, el órgano de gobierno y representación de la fundación lo constituye el patronato, que estaba constituido por diez patronos y debería elegir dos vicepresidentes y un secretario.

El presidente del Patronato ocuparía la presidencia de la Federación Española de Tenis, según el artículo 11 de los estatutos fundacionales, posteriormente modificado. De esta forma, como presidente de la RFET el acusado era también presidente de la fundación, un puesto que ocupó hasta febrero de 2015, mientras que la mujer condenada fue nombrada secretaria general adjunta desde su constitución.

Hechos prescritos

Por acuerdo del patronato de enero de 2012, se acordó contratar y fijar una remuneración al acusado que ha sido absuelto por los servicios prestados a la fundación, distintos de los que implicaban sus funciones como miembro del patronato, realizando este investigado los servicios para los que fue contratado.

Asimismo, por acuerdo del patronato, se acordó contratar y fijar una retribución a Escañuela en los mismos términos que el anterior, pero este acusado no prestó servicio alguno distinto del que correspondía como patrono, y en concreto ninguno de los que contemplaba el citado acuerdo. No obstante, percibió en concepto de sueldo distintas cantidades que enumera la Audiencia en su sentencia, unos hechos que, no obstante, declara prescritos.

Reacciones

La Fiscalía pidió para el expresidente de la Federación Española de Tenis cinco años de cárcel y ocho años de inhabilitación especial y el pago de una multa de 3.000 euros, por apropiación indebida y administración desleal en su modalidad de administración desleal de gestión fraudulenta de patrimonio social.

Para los dos patronos de la fundación reclamó cuatro años de prisión, 2.700 euros de multa y siete años de inhabilitación especial.

La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Juan Hernández

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