No asisto a la difamación o discriminación contra personas de cualquier raza o origen. Es importante destacar que el racismo y el odio no tienen lugar

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Condena a la discriminación y el racismo: un paso hacia una sociedad más justa

Es con gran satisfacción que nos dirigimos a ustedes hoy para informar sobre un importante avance en la lucha contra la discriminación y el racismo en el lugar de trabajo y en nuestra sociedad en general. La condena de una supervisora de limpieza por su conducta discriminatoria y agresiva hacia un empleado es un paso crucial hacia la prevención y el combate del racismo y la discriminación. Esta sentencia es un claro mensaje de que el racismo y el odio no tienen lugar en nuestra sociedad y que es fundamental trabajar hacia un ambiente inclusivo y respetuoso para todas las personas, sin distinción de raza, origen o cualquier otra característica.

Condena a prisión a supervisora de limpieza por discriminatoria conducta hacia empleado

Condena a prisión a supervisora de limpieza por discriminatoria conducta hacia empleado

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a una supervisora de una empresa de limpieza de autobuses a prisión, inhabilitación y al pago de una multa por un delito contra los derechos constitucionales.

La condena se debe a la discriminatoria conducta de la supervisora hacia un empleado, a quien criticó su trabajo con alusiones a su raza y color, llamándolo negro de mierda.

Los hechos comenzaron hace una década, cuando la supervisora, empleada de Alsa y encargada de supervisar la limpieza de los autobuses en la estación de Granada, formuló reiteradas quejas sobre el nivel del trabajo del empleado.

Las quejas se centraron en él, lo que se tradujo en una baja médica en octubre de 2014 por reacción adaptativa asociada al entorno laboral, según el informe forense.

Cinco años después, en septiembre de 2019, la supervisora volvió a quejarse por la falta de limpieza de los vehículos y, aunque de esa tarea se encargaban dos personas, ella dirigió sus críticas particularmente sobre la misma víctima.

Según la sentencia, la condenada se refirió a la víctima llamándole pasmarote y negrillo de mierda, comentarios que también utilizó para hablar con terceras personas con las que se lamentó de la mala suerte porque hemos pillado que ha limpiado el negro.

Después de este nuevo episodio, el trabajador solicitó su baja médica por trastorno de ansiedad generalizado que constató un informe psiquiátrico-forense, pese a lo que ha renunciado a cualquier indemnización por los hechos.

La Audiencia de Granada dictó la absolución para la procesada, aunque la Fiscalía y la acusación particular presentaron un recurso al considerarla autora de un delito de contra los derechos constitucionales por un ataque a la dignidad personal por motivos racistas estipulado en el Código Penal.

Aunque la Audiencia argumentó su decisión en que no hubo intención de hacer daño, los recursos planteados han recalcado que la acusada buscó el menosprecio llamando a la víctima negrillo de mierda, palabras que eligió por su origen étnico y por razones discriminatorias.

El TSJA ha estimado los recursos de apelación y ha condenado a la procesada como autora de un delito contra los derechos constitucionales a seis meses de prisión, el pago de una multa de 540 euros y la inhabilitación durante tres años para cualquier profesión en los ámbitos docente, deportivo y de tiempo libre.

Esta condena es un paso importante hacia la prevención y el combate del racismo en el lugar de trabajo y en la sociedad en general.

Daniel Ferrer

Hola, soy Daniel, experto en fútbol de El Rincón del Fútbol. Como parte de este periódico independiente de actualidad deportiva, me encargo de mantenerte informado sobre las últimas novedades del mundo del balompié con la máxima objetividad y rigurosidad. ¡Descubre conmigo todo lo que necesitas saber sobre el apasionante mundo del fútbol! ¡Bienvenidos a El Rincón del Fútbol!

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